Por la vida y por la paz exigimos el cese bilateral al fuego

El primer paso para construir la paz, es para la guerra

Solidaridad con nuestros compañeros de Marcha Patriótica

Víctimas de detenciones arbitrarias y montajes judiciales

martes, 30 de septiembre de 2014

Homenaje póstumo a Bernardo Jaramillo Ossa y acto de reconocimiento a los Prisioneros Políticos de Colombia

El pasado viernes 19 de septiembre, se llevo a cabo en la Universidad de Caldas un homenaje póstumo a Bernardo Jaramillo Ossa, además de un acto por la libertad de los más de 9500 prisioneros políticos. A continuación compartimos el comunicado leído durante la jornada:

Manizales, 19 de Septiembre de 2014

Para los demócratas, los luchadores por la paz con justicia social y los revolucionarios, hablar de la historia política de Colombia obliga a detenerse en lo que ha representado la Unión Patriótica y dentro de ella, destacados dirigentes como BERNARDO JARAMILLO OSSA.

El esfuerzo realizado por los dirigentes que estaban al frente de la organización, proyección y desarrollo de la UNIÓN PATRIÓTICA, tuvieron que lidiar con uno de los mayores obstáculos como es la intolerancia y también la utilización del paramilitarismo como una modalidad de lucha de la burguesía, para oponérsela a la lucha popular y revolucionaria que busca la tan anhelada paz con justicia social.

Aunque es bien sabido que en su momento la Unión Patriótica, contaba entre sus afiliados a los mejores hombres y mujeres de Colombia, es apenas justo indicar que dentro de los éstos, brilló con luz propia el dirigente de izquierda y candidato a la Presidencia de la República, BERNARDO JARAMILLO OSSA.

No estaba madura esta sociedad para permitir que en su seno se debatiera con argumentos y no con las armas y la amenaza, que una organización electoral y de masas como la UNIÓN PATRIÓTICA, alcanzara una cifra récord de representación en cuerpos colegiados y gobiernos locales, en su corta vida política y que se ventilaran ampliamente distintas concepciones como son: El modelo económico, el papel de las Fuerzas Armadas dentro de la sociedad, las relaciones internacionales y la política frente a las riquezas naturales, entre otras.

Quitarle la vida a Bernardo era un imperativo para los enemigos de la paz con justicia social, para quienes se quedan con los dineros públicos, en fin, para todos aquellos que tienen como profesión la corrupción y la trampa.

Saben con toda claridad, los victimarios de Bernardo, que arrancar de raíz la esperanza de millones de colombianos, representada en la naciente UNIÓN PATRIÓTICA, resultaba una decisión macabra pero eficaz, es lo que algunos expertos denominan anticipar la contrarrevolución. No se debe esperar a que el pueblo tome una dinámica de lucha y acumulados que lo puedan conducir al logro de su mayor propósito, esto es, hacer la revolución para que se beneficien los más pobres, los mas perseguidos, los desplazados, los obreros que ganan salario de hambre, las mujeres que sufren múltiples modos de explotación, en fin, el pueblo trabajador, honrado y digno.

Hoy cuando se insiste en la búsqueda de una salida política al conflicto social y armado que se desarrolla en nuestra patria, resulta aún más significativo que se trabaje sobre una agenda general que tiene dentro de su temario; la participación en política de la izquierda revolucionaria y las plenas garantías para dicho ejercicio.

Es definitivamente una tarea revolucionaria la búsqueda de la paz con justicia social y en esta magnífica labor se debe involucrar a todos y todas. La salida política negociada es un triunfo que en su momento se tendrá que dedicar a los miles de personas que como Bernardo Jaramillo Ossa pagaron con su vida el atrevimiento de pensar y actuar diferente, de soñar con una Colombia plena de garantías y genuinas oportunidades.

Respecto de la reivindicación de los (as) prisioneros (as) políticos, la Fundación para la Solidaridad y Defensa de la Población Carcelaria de Colombia “Juan David Pineda Cardona”, manifiesta que merecen todo el trabajo comprometido para que al concluir con éxito la firma de un Acuerdo de Paz, de inmediato recuperen su libertad y puedan con plenas garantías integrarse política y económicamente.

El derecho a rebelarse y alzarse incluso por medio de la fuerza, contra todo aquello que se considera injusto y oprobioso, es algo que se debe promover al lado de la existencia del delito político.

El delito político es un gran avance de la sociedad organizada y por tal motivo no se puede permitir su desconocimiento y eliminación de la codificación penal. Quien se rebela lo hace por un alto sentido altruista y es por tal razón que entre todos se le debe brindar una adecuada solidaridad que atienda al menos la asesoría jurídica, la ayuda humanitaria y el acompañamiento a las familias.

La solución política del conflicto social y armando debe estar atada a la excarcelación de los prisioneros políticos y la solución integral de la grave crisis carcelaria que sufren todas las personas privadas de la libertad.

Fundación para la Solidaridad y Defensa de da Población Carcelaria de Colombia 
“Juan David Pineda Cardona”

Denuncia Pública: Violación al derecho a la salud en la cárcel La Blanca de Manizales

¡ALERTA!
PÉSIMO SERVICIO DE SALUD EN LA CARCEL LA BLANCA DE MANIZALES GENERA HUELGA DE HAMBRE.
GRAVE VIOLACIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD.
CAPRECOM ES UN FRAUDE.
Por la negativa del INPEC y CAPRECOM a garantizar el Derecho Fundamental a la Salud del recluso JOSÉ ARMANDO RAMIREZ MORENO, ubicado en el Patio No 2 de la cárcel “LA BLANCA” de Manizales, éste recurrió al cerramiento de su boca y ésta en HUELGA DE HAMBRE, desde hace más de 48 horas.

No ha habido presencia de organismos de control y la Defensoría del Pueblo de Caldas no ha tomado acciones efectivas para obligar a que se garantice éste DERECHO FUNDAMENTAL como es el de la salud.

JOSE ARMANDO RAMIREZ MORENO, requiere con urgencia una cirugía y no le ha sido prestado éste esencial servicio.

Llamamos a la más grande y efectiva solidaridad, la que se puede manifestar ente otras formas haciendo visible ésta grave violación a los Derechos Humanos.  
¡DENUNCIANDO POR TODOS LOS MEDIOS POSIBLES!

EL INPEC es responsable de la salud y la integridad del recluso RAMIREZ MORENO.

EL DRAMA DE JOSE ARMANDO RAMIREZ MORENO no es exclusivo, corresponde a los miles de hombre y mujeres que están privados de la libertad y el Estado Colombiano en cabeza del INPEC no les garantiza derechos como el de la salud, éste que tiene la categoría de DERECHO CONSTITUCIONAL FUNDAMENTAL.

Es tan grave la situación que el INPEC y CAPRECOM incumplen reiteradamente fallos de Jueces de la Republica quienes previa ACCION DE TUTELA proceden a TUTELAR DERECHOS.

Que pueden esperar los hombre y mujeres que han perdido su libertad si el INPEC y CAPRECOM no cumplen siquiera los FALLOS DE LOS JUECES DE LA REPUBLICA?

ES URGENTE QUE LOS FAMILIARES, AMIGOS Y EN GENERAL TODOS LOS COLOMBIANOS SALGAN A RECLAMAR SOLUCIONES DE FONDO A LA GRAVE CRISIS DE LA SALUD EN LAS CARCELES Y PENITENCIARIAS DE COLOMBIA, CRISIS QUE NO ES AISLADA Y CORRESPONDE A LA CRISIS GENERAL  DEL SISTEMA JUDICIAL Y CARCELARIO DE COLOMBIA.


¡BASTA YA DE ABUSOS DE ÉSTA NATURALEZA!

FUNDACIÓN PARA LA SOLIDARIDAD Y DEFENSA DE LA POBLACIÓN CARCELARIA DE COLOMBIA “Juan David Pineda Cardona”

Nit: 900.734.086-8

jueves, 25 de septiembre de 2014

Justicia y reparación para los prisioneros políticos

“Cierra las puertas, echa la aldaba, carcelero. Ata duro a ese hombre: no le atarás el alma. Son muchas llaves, muchos cerrojos, injusticias: no le atarás el alma.” Miguel Hernández

Por Francisco Toloza

Hago de esta última entrega de apuntes sobre el drama del que hemos sido víctimas decenas de miles de compatriotas en las últimas décadas en nuestra condición de prisioneros políticos del establecimiento, la oportunidad para expresar así mismo la más combativa solidaridad internacionalista desde las cárceles y calles colombianas para con todos los prisioneros políticos en el mundo que luchan por su liberación y la de sus pueblos: libertad plena para los campesinos apresados por el caso Curuguaty en Paraguay, para los prisioneros políticos mapuches en Chile, para los compañeros Esteche y Lezcano de Quebracho en Argentina, para el medio millar de prisioneros vascos dispersados en las cárceles del Estado español, para los cerca de 12 mil prisioneros políticos kurdos, y para los más de 5 mil palestinos, prisioneros del sionismo por responder con su legítima resistencia la criminal agresión contra su pueblo. Liberación para los galegos y saharauis apresados en su lucha por soberanía y autodeterminación. Libertad para todos los prisioneros secuestrados por los imperios: Libertad plena para los 5 antiterroristas cubanos aun procesados por la justicia norteamericana y para el independentista puertorriqueño Oscar López Rivero; repatriación para el internacionalista venezolano Ilich Ramírez, para los retenidos en la torturadora cárcel de Guantánamo, así como para los insurgentes colombianos ilegalmente expatriados hacia EEUU.

Con conocimiento de causa, nuestro duro rechazo a la represión de la que son víctimas y nuestro mayor esfuerzo por visibilizar sus luchas y resistencias compartidas por nosotros, al tiempo que denunciamos la aguda crisis judicial y humanitaria que sufrimos los procesados políticos colombianos, nuestras familias, nuestros defensores y colectivos solidarios hacia quienes se ha hecho extensiva la persecución. Desde las más diversas latitudes los invitamos también a acompañarnos en nuestra exigencia de reconocimiento y libertad, así como aupar la lucha por una Colombia nueva, anhelo que jamás podrá ser apresado.

Una realidad negada

Aunque el principio mismo del derecho penal califica la privación de la libertad como último recurso e incluso así lo reconoce la jurisprudencia colombiana, el ejercicio real de este régimen represivo y policivo es otro. En medio de la virulenta persecución a la oposición, esta relación se invierte y la cárcel termina siendo una sanción penal casi inherente a cualquier ejercicio de deslinde político con este Estado sumido en la ilegitimidad.

Diversos torrentes conformamos hoy este ingente océano de detenidos y procesados políticos, negados igualmente en nuestra condición: miles de prisioneros de guerra [1] que haciendo uso de la rebelión, son procesados por fuera de la figura del delito político; miles de prisioneros de conciencia, a quienes por nuestro ejercicio político sin armas se nos endilga mediante montajes judiciales la rebelión y otros delitos conexos; miles de luchadores sociales encarcelados por tipos penales represivos construidos para frenar la protesta social y que criminalizan el elemental ejercicio de sus derechos [2]. Todos compartimos nuestro carácter de oposición al régimen que consideramos ilegítimo y todos somos víctimas de su desproporcionada represión.

En lo concreto, las cárceles colombianas están llenas de hombres y mujeres por su ejercicio político de oposición al régimen, sea ésta armada o no. Miles de compañeros y compañeras a los que no obstante el origen de nuestro procesamiento, el Estado nos niega el reconocimiento como prisioneros políticos arguyendo vericuetos jurídicos de un ordenamiento legal que ha sido construido por un sistema político al que nos oponemos por considerarlo antidemocrático. Hoy desde las organizaciones sociales y populares hemos logrado aproximarnos a la cifra de 11 mil encausados políticos en diversas etapas de procesamiento y en distintas condiciones de privación de nuestra libertad, ya que ante la política de negación mediática y jurídica del Estado colombiano, la verdad ha sido de las primeras víctimas y la tendencia al sub-registro de prisioneros políticos es enorme.

El censo real no puede venir del INPEC o de los juzgados que nos niegan. El Estado disolvió los patios de prisioneros políticos en las cárceles, y los disgregó junto a paramilitares y presos sociales, mientras muchos de los detenidos han conquistado alguno de los subrogados penales que les sustituye la prisión, pero aún conservan diversas medidas de privación de su libertad y movilidad, lo que dificulta cualquier cálculo. Ante la negación jurídica del delito político los compañeros prisioneros de guerra, están encarcelados por delitos como “concierto para delinquir” y otros que se excluyen con el de “rebelión”, mientras muchos manifestantes son procesados por delitos “comunes” tan diversos que van desde “agresión a funcionario público” o “perturbación de actos oficiales” hasta “terrorismo”. Como parece ser común denominador en otros hechos victimizantes, solo mediante el avance de la solución política nos podremos acercar al esclarecimiento histórico de la totalidad de la tragedia de los prisioneros políticos en Colombia a lo largo del extenso conflicto armado, máxime cuando como ya se expuso hablamos de más de 65 años de implementación de derecho penal del enemigo para con los opositores.

Prisioneros políticos: Víctimas del conflicto

En el proceso de solución política de nuestro conflicto social armado, el reconocimiento y resolución de la problemática de los prisioneros políticos debe ocupar un lugar preponderante. Aunque está acordado por las partes contendientes que dialogan en La Habana, tratar específicamente el tema de los privados de la libertad como un sub-punto dentro de la próxima temática de “Finalización del Conflicto [3]”, esto no es óbice para el reconocimiento de otras miradas que aborden el drama de los prisioneros políticos, incluyendo su comprensión como víctimas del conflicto.

La reivindicación de los procesados políticos como víctimas del conflicto social armado está lejos de cualquier oportunismo coyuntural y de cualquier concepción lastimera. No se está pidiendo benevolencia de un Estado ajeno a esta virtud, sino que se busca aportar a la verdad y al esclarecimiento histórico del surgimiento y desarrollo del conflicto que requiere la construcción de la paz. No queremos caer tampoco en visiones que pretenden negar la esencia misma del origen de nuestra victimización: somos prisioneros políticos, víctimas del conflicto no por accidente, sino precisamente por nuestro compromiso con diversas formas de lucha social. No nos presentamos como neutrales ni ajenos al conflicto mismo- que tiene carácter social armado- como si lo pretenden socarronamente otros sujetos afectados en el marco de la guerra.

Urticaria de seguro aflorará entre sectores del establecimiento y de la derecha fascistoide, cuando quienes hemos sufrido el conflicto gracias a la legal pero ilegitima rama judicial, vindiquemos nuestra condición de víctimas. Valga ratificar cómo nuestra condición se acopla a plenitud a lo estipulado por las partes en la Mesa, y subrayar una vez más que la gran prensa y los falangistas vernáculos parecieran no saber leer. El punto 5 de la Agenda se denomina textualmente Víctimas [4],- no “Víctimas de las FARC” como ellos pretenden leer-, lo que no restringe en ningún caso la participación de la inmensa mayoría de víctimas, que son afectadas por crímenes de Estado y de otros hechos victimizantes.

Grosso modo tanto la definición de la Resolución 60/147 de la Asamblea General de la ONU, como los aspectos expresados en la Declaración de Principios para la discusión del Punto 5 de la Agenda acordada entre las FARC-EP y el Gobierno Nacional, permiten comprender que en diferente modo y tiempo, los prisioneros políticos formamos parte del ingente contingente de víctimas del conflicto social armado.

En primer lugar, en la inmensa mayoría de casos los prisioneros políticos ya éramos víctimas antes de nuestra retención. El presidio fue solo la coronación de una saga de hechos victimizantes como el despojo de tierras, el desplazamiento, la amenaza, la afectación a familiares, entre tantos otros más, expresando una nítida práctica de re-victimización. En ninguna circunstancia se pueden invisibilizar las violaciones sufridas por el hecho de haber asumido determinada opción política, ya que ello equivaldría a la relativización de nuestros derechos fundamentales. En las cárceles colombianas hay un cuantioso número de víctimas del conflicto que requieren ser escuchadas y que por lo repetitivo de los hechos y agentes victimizantes bien ameritarían un enfoque diferencial.

En segundo lugar, es pertinente aplicar el principio de distinción propio del Derecho Internacional Humanitario para diferenciar los diversos tipos de victimización existentes entre la población de prisioneros y procesados políticos. Acogiéndonos a la distinción propia entre combatientes y no combatientes consagrada en los Acuerdos de Ginebra y su Protocolo Adicional II aplicable a conflictos internos, es clara la existencia de prisioneros de guerra, quienes como participes directos de la confrontación armada son afectados obviamente por los rigores de la guerra. Sin embargo, para los combatientes no podrían caracterizarse estos padecimientos como hechos victimizantes en sí mismos, en cuanto conserven apego al derecho internacional humanitario y demás normas internacionales de la guerra. Situación similar sería lógicamente aplicable a la contraparte estatal, de forma tal que las acciones propias del conflicto sufridas por la población combatiente, no significaría su consideración como víctima del conflicto, aunque las partes contendientes puedan tomar medidas de compensación de algún tipo en el marco de otras discusiones.

Ahora bien, los prisioneros de guerra colombianos en su amplia mayoría son víctimas del conflicto como combatientes no por haber sido capturados, sino por flagrantes violaciones al derecho internacional humanitario y por haber sufrido crímenes de guerra. Los victimiza la recurrencia estatal a la tortura, los tratos crueles y degradantes durante su detención y a lo largo del presidio; la negación a la asistencia médica adecuada cuando ha sido herido en combate o padece secuelas; la violación al debido proceso y la ausencia total de garantías democráticas en cuanto a sus casos judiciales.

Los vejámenes en la reclusión se convierten en un expediente propio de violación de derechos humanos que los ratifica como víctimas. Amnistía Internacional registra dentro de las técnicas de tortura acciones como las palizas, el aislamiento prolongado, la humillación, condiciones de detención inhumanas, privación de la comida y el agua, o la negación de la atención médica, todas estas de aplicación reiterativa en las cárceles colombianas y los cuarteles militares [5]. El mero sostenimiento y pronunciación de un hacinamiento carcelario que la Corte Constitucional caracterizó hace 15 años como un “estado inconstitucional de cosas” y que hoy sobrepasa ya el 55% de promedio nacional, es muestra fehaciente que no presenciamos una contingencia, sino una realidad gestada para la violación de los derechos humanos de todos los reclusos y con especial énfasis de los prisioneros políticos. La crisis llega hoy a grado tal, que el sobrecupo ha desbordado los penales llegando a las llamadas URI, supuestos lugares de paso pero en los que los prisioneros pueden pasar meses durmiendo esposados en un parque a la intemperie ante la inexistencia de condiciones materiales para su reclusión o la imposibilidad de traslado a un penal [6].

En el caso de los prisioneros de conciencia adicionalmente nos victimiza la violación por parte del Estado colombiano del principio de distinción, haciendo uso del derecho penal del enemigo. Si bien a un componente importante de los procesados de conciencia se nos relaciona con el movimiento insurgente, no se debe olvidar que la criminalización indiscriminada de la protesta popular hace que un número creciente de luchadores sociales se halle acusado o condenado por delitos comunes, y cuyos casos necesariamente deben ser abordados desde el enfoque de víctimas del conflicto social armado.

Más allá de cualquier tecnicismo jurídico sobre el delito imputado, la fase de nuestros procesos jurídicos, o el sentido del fallo de una rama judicial deplorable, los prisioneros de conciencia somos claramente población no combatiente según el Protocolo II adicional al Convenio de Ginebra. La privación sistemática de la libertad a una población determinada es incluso crimen de lesa humanidad a la luz del tan invocado Estatuto de Roma. De seguro la gran prensa y sus turiferarios, argüirán que la existencia de un ordenamiento jurídico que reglamenta las detenciones políticas, anula el reconocimiento de nuestro aprisionamiento como un hecho victimizante, pero no parece éste ser el camino recorrido por la Mesa y las instituciones acompañantes, quienes han validado como víctimas a civiles retenidos por las FARC-EP, que también estuvieron sujetos a reglamentaciones precisas que regularon sus detenciones, como es inherente a una parte que se reclama como beligerante en un conflicto interno.

Es importante resaltar que los prisioneros políticos no hemos recibido ningún gesto de paz del Estado proporcional por ejemplo a la liberación unilateral de todos los retenidos por parte de la insurgencia desde hace varios años, y como ya se ha reseñado ni siquiera se ha permitido la verificación internacional de nuestras condiciones de reclusión y de nuestros inquisitoriales procesos judiciales.
Dado la sofisticada represión legal del santanderismo, capítulo especial requeriría hechos victimizantes derivados del conflicto armado como las sanciones disciplinarias que desde la peligrosa figura de la Procuraduría General de la Nación se han emitido contra procesados de conciencia, que afectan certeramente el núcleo esencial de los derechos fundamentales de sus víctimas como la participación política, el trabajo u otros, incluso en connotados casos como el de los compañeros absueltos por la justicia Miguel Ángel Beltrán y Piedad Córdoba Ruiz. Más allá de deplorar la antediluviana ideología del Procurador Ordoñez, lo cierto es que sus providencias en todos los casos que aluden a funcionarios encausados por motivos políticos han sido vejaciones de re-victimización, que no pueden estar por encima del bien supremo de la paz de los colombianos.

Nuestra reparación y garantía de no repetición se llama Asamblea Nacional Constituyente

Los prisioneros políticos como todas las víctimas del conflicto tienen derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la garantía de no repetición. Sobre la verdad y la justicia, tenemos experiencia de sobra para saber que éstas no son procesos legales y menos dentro del actual ordenamiento jurídico, pero el primer paso es la necesaria excarcelación de todos los detenidos políticos y su participación directa en cualquier proceso de verdad en el marco de construcción de la solución política.

Sin pretender socavar las propuestas pertinentes alrededor de las diferentes dimensiones de reparación, la reparación política bien logra condensar los aspectos más relevantes de nuestro reconocimiento como víctimas del Estado y la recuperación de la memoria histórica del país. Reescribir la historia oficial que nos ha colgado el sambenito de criminales, requiere de la reconstrucción histórica no solo del procesamiento y reclusión de los detenidos políticos, sino también de su causa y sus luchas, así como su pública reivindicación; la restitución plena de todas las garantías y derechos, espacios de actividad política y desarrollo personal desaparecidos con la detención; así como la reparación a las organizaciones y movimientos de los que formamos parte y que buscaron ser desmantelados con nuestra prisión, son pasos necesarios para este resarcimiento como víctimas.

Pero la reparación política plena y garantía de no repetición pasa por el desmonte de este régimen represivo que ha sido dibujado en estas líneas. Se requiere la transformación doctrinaria y la depuración democrática de las FFMM, organismos de seguridad y de la rama judicial en su conjunto. La crisis de la justicia es estructural, como parece ser consenso en los más diversos sectores del país y su legitimidad y falta de garantías no es solo señalada desde los prisioneros políticos. Existirán de seguro funcionarios judiciales honestos y probos, pero el problema es el sistema en su conjunto que debe ser cambiado, y no tratado con tenues paliativos de reformas meramente cosméticas como la recientemente presentada por el gobierno. El mismo ordenamiento legal envenenado por décadas de derecho penal del enemigo y conflicto armado interno requiere ser removido, por no hablar del execrable sistema penitenciario, máquina liberticida para el lucro de los consorcios carcelarios que debe suprimirse.

Para cambiar el sistema judicial necesitamos un nuevo régimen político; la construcción de una justicia para la paz y convivencia del pueblo colombiano, es un anhelo impensable dentro de los espurios marcos legales y políticos actuales, que nos han victimizado. Se requiere una nueva constitución con la participación de todos los sectores comprometidos con darle salida incruenta al conflicto social armado, incluyendo claro está la determinante presencia de sus víctimas, de las que el universo de prisioneros políticos formamos parte.

Compañeros y compañeras prisioneros políticos, colombianos demócratas y amantes de la paz: Construyamos la solución política, encontrémonos todos en la Asamblea Nacional Constituyente, para la verdad, la justicia, la reparación de las víctimas. Por el anhelo de la paz y con todo el pueblo soberano, hagamos realidad el verso del poeta víctima de la prisión Miguel Hernández:

“Porque un pueblo ha gritado, ¡libertad!, vuela el cielo. Y las cárceles vuelan.”

LIBERACION DE TODOS LOS PRISIONEROS POLITICOS PARA UNA PAZ ESTABLE, DURADERA Y DEMOCRÁTICA.

[1] Para esta calificación conserva vigencia la reglamentación internacional al respecto incluida en los convenios de Ginebra de 1949, su artículo 3 común y el Protocolo II adicional de 1977. Sobre la reglamentación especial acorde a su condición ver especialmente III Convenio de Ginebra. Artículo 4.
[2] Con posteridad al exitoso Paro Nacional Agrario de 2013 fue radicado un proyecto de ley que aumenta las sanciones para los tipos penales usados para criminalizar protesta social como lanzamiento de objetos o sustancias peligrosas, obstrucción a vía pública, entre otros, haciéndolos en la práctica no excarcelables. Por ridículo que parezca un manifestante que lance una piedra –sin necesidad de pegarle a nada- puede ser condenado hasta a 15 años de prisión.
[3] Punto 3.3: “El Gobierno Nacional coordinará la revisión de la situación de las personas privadas de la libertad, procesadas o condenadas, por pertenecer o colaborar con las FARC-EP.” Agenda del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y una Paz estable y duradera. El punto 3 será el quinto en discusión en la Mesa de La Habana.
[4] El desarrollo literal del punto 5 de Víctimas acordado por las partes es el siguiente: “Resarcir a las víctimas está en el centro del acuerdo Gobierno Nacional-FARC-EP. En ese sentido se tratarán: 1. Derechos humanos de las víctimas. 2. Verdad.
[5] Sobre la existencia de estas violaciones de DDHH en las cárceles se puede ver entre otros el Informe de la Organización Mundial contra la Tortura a propósito de sus visitas a las penitenciarías La Tramacúa y Picaleña. Septiembre de 2014.
[6] En las Unidades de Reacción Inmediata, URI, de Bogotá llega a haber un hacinamiento hasta del 250% en términos globales aunque puede ser más crítico en ciertas localidades.

martes, 23 de septiembre de 2014

Carta pública al rector de la Universidad Nacional Ignacio Mantilla Prada - Miguel Ángel Beltrán Villegas

“La autonomía de la Universidad es, Esencialmente, la libertad de enseñar, Investigar y difundir la Cultura. Estas funciones Deben respetarse. Los Problemas académicos, Administrativos y políticos internos deben ser Resueltos exclusivamente por los Universitarios En ningún caso es admisible la intervenciónde agentes exteriores, y por Otra parte el cabal ejercicio de la autonomíarequiere el respeto a los recintos universitarios. La educación requiere de la libertad. La libertad requiere de la Educación
 
Javier Barros Sierra Rector de la UNAM (1968)


En 1936, siendo rector de la Universidad de Salamanca Miguel de Unamuno –pensador poco proclive a la causa republicana y cuyas ideas despertaban la admiración de los jóvenes de la falange española- en un solemne acto celebrado en el paraninfo de esta universidad y, ante las provocaciones del general Millán, que acompañado de sus numerosos seguidores coreaba la consigna “Abajo la Inteligencia” “Viva la Muerte”, el filósofo vasco –en un gesto de indignación- le replicó: “Este es el templo de la inteligencia y yo soy su sumo sacerdote, estáis profanando su sagrado recinto. Vencereis porque tenéis sobrada fuerza bruta, pero no convenceréis”.

Fue inevitable pensar en estas palabras, cuando el pasado 12 de septiembre, llegó a mi correo institucional la resolución que me destituye del cargo como profesor asociado del Departamento de Sociología de la Universidad Nacional de Colombia. El oficio que me fue comunicado por la Secretaría General y que viene acompañado de su firma, señala de manera lacónica que: “En cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la sanción impuesta al profesor Miguel Ángel Beltrán Villegas (subrayado mío). Por la forma en que está redactado el documento infiero que como rector de la Universidad Nacional, asumió Usted que era su deber ceñirse a los marcos normativos que le imponía la ley, en este caso, limitarse a ejecutar las actuaciones del señor Procurador General de la Nación.

Sin duda, profesor Mantilla, su argumento me deja vencido pero no me convence porque como diría nuevamente Unamuno- Para convencer hay que persuadir y para persuadir necesitaréis algo que os falta: razón y derecho en la lucha”.

Y es que en el campo del debate intelectual los temas en conflicto no pueden despacharse con un simple “no me dejaron otra alternativa” pues es precisamente en la controversia de ideas donde radica el sentido mismo del quehacer académico e intelectual. Los designios divinos no se cuestionan; sin emabargo, el verdadero intelectual –diría Said- es ante todo un ser secular y su eticidad no puede sustraerse de este nuestro mundo secular: ¿dónde tiene lugar? ¿al servicio de qué intereses está? ¿cómo concuerda con una ética coherente y universalista? ¿cómo distingue entre poder y justicia? ¿qué revela de las propias opciones y prioridades?”.

La respuesta fáctica que Usted ha dado al interrogante de si en su condición de rector debía o no acatar el fallo de segunda instancia del procurador, han dejado al desnudo los principios que sostiene, defiende y representa, y que, ahora queda claro, no son precisamente los de la autonomía universitaria, un derecho social y cultural, garantizado por el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia y que, en términos de un destacado jurista, tendría que haber sido ampliamente protegido frente a la asignación de una función represiva del Estado, que debería ser restrictivamente aplicada” (Jorge Ignacio Salcedo, 2014)

La autonomía universitaria no surgió de una convicción que tuvieran las élites ilustradas en cuanto a la necesidad de resguardar la esfera del conocimiento de interferencias externas a ella. En América Latina, por lo menos fue el resultado de meses de huelgas, paros universitarios y movilizaciones callejeras que exigieron una profunda  renovación estructural del Alma Mater en el contexto de una lucha por la democratización de sus propias sociedades. El Manifiesto Liminar de este movimiento, que ha pasado a la historia como el “Manifiesto de Córdoba” así lo reconoce: “Los actos de violencia, de los cuales nos responsabilizamos íntegramente […] representan también la medida de nuestra indignación en presencia de la miseria moral, de la simulación y del engaño artero que pretendía filtrarse con las apariencias de la legalidad”

Bajo la inspiración de Córdoba (1918), la reforma universitaria con sus reivindicaciones fundamentales de autonomía, libertad de cátedra, y democracia universitaria se alcanzó en casi todo el continente latinoamericano teniendo como costos, en no pocos casos, la persecución, el crimen y el exilio de sus promotores. El cubano Julio Antonio Mella asesinado por la dictadura de Machado y el peruano Víctor Raúl Haya de la Torre exiliado por el gobierno de Augusto Leguía, para sólo nombrar algunos casos representativos, constituyen una expresión de este proceso. Dolorosamente, gracias a estas movilizaciones se logró garantizar que las universidades se constituyeran en centros de producción de conocimiento crítico, independientes de la interferencia de los poderes hegemónicos.

No es un azar, entonces, que gobiernos autoritarios y dictatoriales hayan hecho de la autonomía universitaria uno de sus blancos preferidos. Lo cual no ha obstado para que quienes han regido los destinos de las universidades en estas difíciles circunstancias, - independientemente de la orilla ideológica en que se ubiquen- hayan entendido la responsabilidad que les asiste de defender la autonomía universitaria. A este respecto no puedo menos que recordarle la digna conducta asumida por el entonces rector de la Universidad de Buenos Aires (UBA-Argentina), Alberto Constantini, quien aun siendo designado directamente por la Dictadura Militar del general Jorge Videla, prefirió dimitir de su cargo pocos días después de su posesión, antes que someterse a las imposiciones del ministro de educación de aquella época. En su carta de renuncia señaló Constantini que la autonomía académica y la libertad de cátedra son irrenunciables. La universidad debe defender ambos principios de toda deformación, pues definen también una vocación de democracia para la cual debe prepararse a la juventud” (El Litoral, 14 septiembre de 1976, p. 1).

Aunque formalmente en nuestro país todavía existe un régimen “democrático” y no el totalitarismo dictatorial que estremeció a la Argentina de aquellos años, no esperaba de Usted un gesto similar, aunque estaba expectante que mínimamente abriera espacios de debate y discusión frente al tema, donde tuvieran cabida la pluralidad de voces que desde, diferentes ángulos de la comunidad universitaria venían exhortándolo con argumentos jurídicos y académicos- se abstuviera de hacer efectivo el fallo sancionatorio del señor procurador Alejandro Ordoñez.

En su sesión del 5 de septiembre y contando con un quórum decisorio del cual Usted no participó, el Consejo de Sede expresó su preocupación por la “decisión de la Procuraduría de sancionar un pensamiento divergente, distinto, en un régimen propio de un Estado Social y Democrático de Derecho, al disciplinar al profesor por los mismos tipos de transgresión que la justicia penal ha declarado inexistentes”, al mismo tiempo que advertía como “con estas decisiones el consejo ve amenazada la autonomía de la universidad, la libertad de cátedra e investigación y los derechos de los miembros de la comunidad académica. En consecuencia, el consejo solicita un trato adecuado y justo con los principios de justicia y libertad para el profesor Miguel Ángel Beltrán Villegas”.

Planteamientos similares se hicieron desde el Departamento de Sociología, la Decanatura de Ciencias Humanas, así como desde el Consejo Académico de la Universidad, para no hablar de las decenas de cartas que miembros de la comunidad universitaria nacional e internacional le enviaron a Usted solicitándole la no ejecución de la sanción que me impuso la Procuraduría General de la Nación, en fallo de Segunda Instancia.

En un agudo y valeroso artículo, publicado pocos días antes que Usted fuese notificado del fallo del Procurador, advertía el profesor Leopoldo Múnera: “sólo el Rector de la Universidad Nacional, en un acto de dignidad en defensa de la autonomía universitaria y de la libertad de cátedra, expresión y pensamiento puede negarse a ejecutar la decisión de la sala disciplinaria por considerarla ilegal y contraria a la Carta Política. Con tal propósito puede acudir a la excepción de inconstitucionalidad contenida en esta norma fundamental, que es aplicable a los fallos disciplinarios y tiene fundamento en su artículo 4: “La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales”(Palabras Al Margen, agosto 25 de 2014)

Pero para Usted era más conveniente escuchar los argumentos de sus asesores y de algunos colegas de la Facultad de Derecho que suelen revisten sus conceptos de solemnes formas jurídicas con las que pretenden velar su adscripción al statu quo. Interpretaciones críticas como la del profesor Leopoldo Múnera, resultan incómodas a sus conciencias. Quizás por ello el Consejo Superior Universitario cuya composición no refleja los intereses de la comunidad universitaria- haya desistido de nombrar como rector a quien obtuvo la mayor votación en la consulta hecha entre estudiantes, profesores y egresados.

Pero seamos claros, no es la primera vez que Usted hace una renuncia explícita a la autonomía universitaria al menos en lo que concierne al campo de lo disciplinario, pues le recuerdo que en el paro pasado de los trabajadores administrativos, Usted se comprometió en un legítimo ejercicio de autonomía- a no investigarlos disciplinariamente, no obstante, pocos días después no vaciló en señalar que: “La autonomía universitaria, uno de nuestros mayores valores, se debe usar responsablemente y no puede ahora invocarse como escudo para  adelantar  actos   vandálicos   y   mucho   menos   para   evadir   las   acciones   que la Procuraduría General de la Nación o cualquier otro ente de control esté obligado a llevar a cabo(comunicado 13 septiembre de 2013. Subrayado mío)

Acaso, no es esta una confesión de parte suya en el sentido que el Procurador está en todo su derecho de disciplinar a miembros de la comunidad universitaria, con los cuales se ha sentado Usted a dialogar para superar el conflicto laboral? Diálogo que -valga la aclaración- surge luego de meses de parálisis de la actividad universitaria. Porque aunque en sus comunicados y discursos condene las vías de hecho, Usted las ha propiciado cerrando posibilidades para que la acción dialógica pueda ejercerse.

En numerosas ocasiones un grupo de colegas buscó infructuosamente reunirse con Usted para conocer su punto de vista acerca de esta problemática y plantearle posibles salidas jurídicas y académicas al tema; en el mismo sentido, los estudiantes hicieron gestiones para entrevistarse con Usted, pero esto no fue posible. Sólo ahora, que se ha hecho efectiva mi destitución, ofrece el espacio para que un grupo de representantes estudiantiles pueda hablar con Usted. Pero una vez más esta concesión no fue fruto de la racionalidad comunicativa que invoca en sus discursos, sino el resultado de una manifestación de estudiantes que ingresaron al edificio y, tras una larga “negociación” firmaron conjuntamente un acta de mediación que comprometía a delegados estudiantiles y directivas de la Universidad Nacional.

Qué los estudiantes para hablar con su rector tengan que ocupar un edificio y firmar un acta de “negociación” en presencia de la División de Vigilancia y Seguridad, y con la intervención de delegados de la personería distrital, es una clara muestra de la precaria democracia universitaria existente hoy en la Universidad Nacional. ¿Estas son las discusiones abiertas, críticas y constructivas con los estudiantes y profesores que usted propone en su carta de presentación a la comunidad? ¿Es por esta vía autoritaria como aspira Usted convertir la Universidad Nacional de Colombia en una universidad de talla internacional? ¿Son estos los espacios deliberativos que ofrecerá para debatir asuntos tan delicados para el futuro de la universidad como la Propuesta de Política Pública para la Excelencia de la Educación Superior en Colombia en el escenario de la Paz”, mal llamado “Acuerdo por lo Superior 2034”?

A propósito de “escenarios de paz”, hace ya casi dos años, en su discurso de presentación del centro de pensamiento y seguimiento a los diálogos de paz entre el Gobierno y guerrilla afirmó Usted que: “La UN, en cuanto universidad del Estado y de la Nación, no puede ser indiferente a este proceso o actuar tan solo como observadora. A partir de la investigación y del conocimiento acumulados, la academia tiene mucho que aportar a este proceso: desde la caracterización de las problemáticas que se abordarán en el marco de la negociación hasta la formulación de propuestas viables para su resolución”, y enseguida explicó que “En esta tarea, es tan valioso el aporte de los profesores del campo de las ciencias sociales como el del sector técnico-tecnológico; especialmente si se tiene en cuenta el posconflicto, que es el campo de mayor relevancia”.

¿Pero esta participación activa que Usted reclama de la universidad hacia el actual proceso de paz supone que todos debamos plegarnos a las corrientes de interpretación dominante para aparecer suficientemente equilibrados, amparados en una sediciente neutralidad académica? La política de simetrías en la cual se admite, por ejemplo, el derecho de denunciar la violencia de una parte, siempre y cuando se condene “simétricamente” la que procede de la otra parte es, a juicio, un camino cómodo que han adoptado muchos académicos para evadir el imperativo ético de tomar postura frente a claras situaciones de arbitrariedad, exclusión y persecución, y en una sociedad como la nuestra, atravesada por un agudo conflicto social y armado- les permite rehuir de su confrontación con el poder para recoger las dádivas que éste les ofrece.

Por el camino de las políticas de las simetrías, se ha buscado uniformizar el análisis del conflicto armado. Así, la difusa conceptualización de “actores armados” en la que se incluyen tanto paramilitares (hoy llamados eufemísticamente “Bacrim”), fuerzas militares y guerrillas, sin diferenciar sus orígenes, modalidades de acción, objetivos estratégicos, es parte de esta interpretación oficial que, de una u otra forma recoge el reciente informe del centro de Memoria “Basta Ya” y que pretende ser una visión “objetiva” del mismo: “En Colombia, el conflicto armado –afirma el mencionado informe- no tiene una modalidad de violencia distintiva. Los actores armados enfrentados han usado y conjugado todas las modalidades de violencia. Todos han desplegado diversas modalidades y cometido crímenes de guerra y de lesa humanidad, haciendo a la población civil la principal víctima del conflicto”.

Por esta vía, no es difícil concluir que todos aquellos que consideremos que las FARC tienen un origen campesino, que tienen un proyecto político, que merecen un tratamiento político, somos miembros de la organización armada (aun sin saberlo, pues estamos ideológicamente al servicio de la organización armada”, tal como nos lo advierte la profesora del Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales (IEPRI), María Teresa Pinto, en sus investigaciones sobre Intelectuales, Guerra y Paz. Coincidimos con - Said- en que el intelectual no es un funcionario ni un empleado completamente entregado a los objetivos políticos de un gobierno o corporación importante, o incluso de un gremio de profesionales de igual sentir”. Es por ello que el principio fundamental que debe mover la actividad intelectual es la libertad incondicional de pensamiento y expresión, principios que Usted acaba de entregar a las manos del tribunal de la inquisición que hoy regenta la Procuraduría General de la Nación.

En su discurso de apertura, del Foro sobre Política de Desarrollo Agrario Integral destacó Usted el aporte académico e investigativo que la Universidad Nacional ha hecho a lo largo de la historia de Colombia en el análisis de los fenómenos que genera la violencia; particularmente se refirió a estudios que fueron pioneros en la investigación de la violencia bipartidista, como el realizado por los profesores Orlando Fals Borda, Eduardo Umaña Luna y Monseñor Germán Guzmán. Seguramente recordará que los autores de este informe fueron calificados en su momento de “apologistas de la violencia” (El Siglo, septiembre 15/1962), y en el climax de la intolerancia el sociólogo Orlando Fals Borda fue descalificado por su filiación religiosa.

Mutatis Mutandis se trata de las mismas acusaciones que ha formulado la Procuraduría en contra de mis investigaciones en torno al conflicto colombiano cuando, luego de extrapolar una serie de citas concluye “nada más claro en estos escritos que la defensa, por parte del funcionario público, del grupo alzado en armas FARC, de las cuales destaca su proyección política, difunde su programa agrario, resalta su ideología y sus luchas, y en contraposición, de una manera frontal […]amonesta a los gobiernos y al Estado Colombiano que, a su juicio, busca la deslegitimación de la insurgencia armada y la eliminación del derecho a la resistencia social y política, la cual escuda como un derecho consagrado a lo largo de los siglos” (Fallo Procuraduría General de la Nación, Segunda Instancia ).

No cabe duda que los fallos y las decisiones disciplinarias que ha tomado el procurador Alejandro Ordóñez, en los años que ha estado al frente de este ente estatal están permeados por sus creencias religiosas y sus convicciones ideológicas: ¿Permitirá, señor rector, que sean disciplinados/as por este funcionario, aquellos/as docentes que en sus cátedras defiendan la interrupción del embarazo como el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y su vida reproductiva? O se pronuncien libremente sobre cualquier otro aspecto de la vida social que riña con el fanatismo religioso del Procurador y que éste considere sea susceptible de ser sancionado disciplinariamente? Quisiera pensar que no, pero más allá de que así sea, tengo la certeza que la comunidad académica no lo permitirá, porque es en ella donde reside, la verdadera autonomía universitaria y no en un funcionario universitario que ha sido electo sin contar con la participación decisoria de la comunidad.

Lo contrario sería retroceder hasta 1946, cuando un eminente pensador colombiano, el profesor Luis López de Mesa, se vio obligado a suspender un ciclo de conferencias con las cuales se inauguraba la Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional, a causa de que en una comunicación dirigida al entonces ministro de educación, Germán Arciniegas, el arzobispo de Bogotá, Ismael Perdomo había expresado su desacuerdo con que López de Mesa defendiera “las ya anticuadas hipótesis que tratan de explicar el origen del hombre mediante un falso evolucionismo, en abierta oposición con las enseñanzas católicas sobre la materia”. Como, según se ha anunciado, el conocido Profesor continuará la exposición de tales teorías, y es deber mío velar por la integridad de la doctrina que se enseñe en cuestiones que se rocen con la Religión, desearía no verme en la penosa obligación de desautorizar las anunciadas conferencias, con detrimento del buen nombre de la Universidad Nacional”(Luis Antonio Restrepo, Literatura y Pensamiento, 1946-1957).

Sesenta y ocho años después de este episodio de censura, la acción de un cruzado medieval y la anuencia de un abúlico rector me están expulsado de estos mismos claustros universitarios donde han transcurrido más de las 2/3 partes de mi vida primero como estudiante y después como profesor. Parafraseando las vibrantes palabras del rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, Javier Barros Sierra, cuando fue agredida la autonomía universitaria en 1968, como un oscuro presagio de lo que sucedería dos meses después en la noche de Tlatelolco, quisiera decirle a todos y a todas las/los profesore/as, estudiantes y trabajadores de las universidades públicas del país: “Hoy es día de luto para la Universidad; la autonomía está amenazada gravemente [...] debemos saber dirigir nuestras protestas con inteligencia y energía [...] La Universidad es lo primero [...] ¡Viva la Universidad Pública!  Viva la autonomía universitaria! 

Miguel Ángel Beltrán Villegas